el gobierno extensión de uno a tres años la vigencia del certificado que autoriza el Cannabis de autocultivo para uso medicinal. El nuevo plazo se comunicó a través de la Resolución 766/2023 publicado en la última edición del Boletín Oficial y firmada por Carla Vizzotti, ministra de Salud. La formalización es da el 20 de abril cuando se celebra el Día Mundial de la Marihuana.
«El Certificado de autorización de emisión por el REPROCANN se constituye como prueba fehaciente y autosuficiente del cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolucióndurante el plazo de vigencia de tres años desde la fecha de emisión», detalla el Artículo 1°, à través del cuel modificación del artículo 10 de la Resolución N° 800/2021.
El documento aclara que, teniendo en cuenta la «experiencia recogida el resultado es practico modificar el lugar de Vigencia al final de adecuar el mismo a la situacion de los usuariosasí también a las gestiones administrativas e informáticas aplicables».
Hace seis años que sancionó la Ley de Uso Medicinal del Cannabissin embargo, el acceso al tratamiento es vulnerado por sus reglamentos. Recién en 2020, se realizará una nueva regulación que amplió su utilización más allá de la epilepsia refractaria y permitió el autocultivo, garantizó el suministro a los pacientes, fomentó la investigación y autorizó la producción pública y privada de aceite y otros derivados.
En marzo de 2021, el Gobierno reglamentó la creación del registro para el autocultivo de marihuanafue cuando hubo darle vigencia de un año a la autorización y ahora fue extendida a tres años.
Para inscribirse, los usuarios pueden hacerlo «por sí oa través de un representante y obtención de autorización para cultivar, para acceder al cultivo a través de una tercera persona (cultivador) oa través de una organización civil autorizada a esos efectos».
El requisito para solicitar la autorización es contar con indicación médica del uso del cannabis y puede realizar en
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