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Jubilados y pensionados: la Fe de Vida fue eliminada

Jubilados y pensionados: la Fe de Vida fue eliminada

Sofía Villagra y Lorena Rodríguez

Ho 11:29

Este lunes 17 de julio se publicó en el Boletín Oficial la eliminación del trámite de la Fe de Vida lo que abre un interrogante para los adultos mayores ¿Qué cambia de agosto? ¿Habrá que realizar nuevos trámites para cobrar los haberes?

Cabe recordar que la propuesta de eliminar el trámite de Fe de Vida ya fue aprobada por la CAmara de Diputados 6 de julio pasado. De esta manera, desde agosto, acabó con la necesidad de hacer el trámite extra que certificó la supervivencia de quienes percibían jubilaciones, pensiones y pensiones no contributivas para poder seguir percibiendo sus haberes mensuales sin interrupciones.

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Hoy finalmente formaliza la decisión a través del Decreto 365/2023, que lleva las firmas del presidente alberto fernandez; del jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y el Ministerio del TrabajoRaquel Olmo dibujas un «alivio“sustancial a los adultos mayores.

Así lo explicaba a Perfil la abogada Tamara Bezares: «Esto no solo simplifica el cobro de los haberes, sino que equipara la política al respecto de todas las entidades bancarias y, en particular, la banca pública con la privada, ya que hasta el día de hoy solo un 60% tenía esta política de no requería la fe de vida», asegura la letrada del estudio Parrotta Abogadas.

Tal vez por eso su tratamiento tuvo amplio apoyo en el Congreso. Los sectores de la oposición y oficialistas resolverán sus diferencias en esta cuestión y considerarán que este medio está incluido y protege a los sectores más vulnerables de jubilados y pensionados.

Por su parte, el abogado Ariel Samaná, Recordó que este era un problema que plantaba en general con las personas mayores que tenían alguna dificultad. «La razón de la Fe de Vida era para que los apoderados no siguieran cobrando haberes aún varios meses después de muertos los titulares»; anotado.

Allí agregó que con la sistematización de la información entre las distintas áreas de gobierno, se ve necesario este trámite. «A los dos días de fallecida una persona ocurre el bloco de cuentas tras la información que las pocherias suben al sistema», aseguró.

Qué debe hacer los jubilados y pensionados tras la eliminación de la Fe de Vida

Antes, los jubilados y pensionados deberán certificar periódicamente su supervivencia para que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) realice el pago correspondiente. Tras la promulgación de esta ley, se simplificarán y se prevé el número de prestaciones y prestaciones a más de 3,2 millones de jubilados y pensionados.

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Esta nueva legislación implica una cambio importante en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y el Sistema de Pensiones no Contributivas.

Tamara Bezares indicó a PERFIL que esto significa que, a partir de agosto “todos los adultos/as mayores van a tener los mismos derechos sin importar a que entidad bancaria pertenezcan”.

Y recordó que «aún falta articular las diversas medidas entre ANSES y las entidades, detalles precisos, pero desde hoy no hay trámite adicional que puedan exigir a sus usuarios jubilados así lo determina la norma publicada en porque el Boletín Oficial», recordó.

Por su parte Samana aseguró: «Desde agosto en adelante no habrá que ir a hacer el trámite de fe de vida, que en muchos casos se tomó con una compra al mes, con tarjeta, por el titular del beneficio».

Qué era el trámite de Fe de Vida

Anses no es quien solicitó la fe de vida sino los bancos: cada entidad tiene requisitos, entre los cuales el más frecuente es, por ejemplo, el uso de la tarjeta de débito con alguna compra mensual.

En ese sentido, el banco donde se cobra el júbilo o pensión ofrecen diversas metodologías dedos para hacer la Fe de Vida. De esta manera, existe la posibilidad de elegir de qué forma realizar este trámite.

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Desde Agosto, todos los bancos deben plegarse a esta Ley que elimina el respectivo trámite.

De que se trata la Ley de Eliminación de la Fe de Vida

El cuerpo de esta legislacion tieny cuatro puntos claves que serán aplicados desde su promulgación en la jornada de hoy:

1.Los beneficiarios de jubilaciones y pensiones de ANSES quedan eximidos de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida.
2. Se deja sin efecto cualquier otro trámite complementario con el mismo propósito, poniendo fin de la obligación de demostrar la subsistencia como condición para el cobro de sus haberes y previsión de prestaciones.
3. cansado entidades bancarias encargados de efectuar los pagos de jubilaciones y pensiones «tendrán la obligación de devolver como impagos los fondos abonados con posterioridad a la fecha de fallecimiento del titular del beneficio, evitando así pagos indebidos”.

4. Se vivido a la Administración Nacional de la Seguridad Social (MANEJAS) un dictador cansado normas aclaratorias y complementarias a esta ley.

Por Emily Carter

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